Cuando un autónomo o empresa presenta de forma extemporánea sus declaraciones de IVA e IRPF con la indicación de «sin actividad», surge la duda de si esto puede suponer una infracción tributaria sancionable.
Sanciones por presentar el IVA e IRPF fuera de plazo sin actividad: ¿qué dice la ley?
La normativa tributaria establece que el hecho de presentar fuera de plazo una declaración, ya sea con o sin actividad, puede considerarse una infracción, independientemente de que no haya perjuicio económico para la Hacienda Pública. Es decir, la falta de actividad reflejada en la declaración no exime automáticamente de una posible sanción.
¿Qué factores influyen en la imposición de una sanción?
La Administración tributaria analiza cada caso de manera individual para determinar si concurren los elementos objetivos y subjetivos necesarios para considerar la existencia de una infracción. Entre estos factores se incluyen:
- Plazo de presentación: Cuánto tiempo ha pasado desde el vencimiento del plazo original.
- Reincidencia: Si el contribuyente tiene antecedentes de presentaciones tardías.
- Existencia de requerimientos previos: Si la declaración se presenta tras un aviso o requerimiento de Hacienda, la posibilidad de sanción aumenta.
¿Qué sanciones pueden imponerse?
En caso de que la Administración considere que la presentación tardía constituye una infracción, podrían aplicarse sanciones según la Ley General Tributaria. Sin embargo, si la declaración fuera de plazo se presenta de forma espontánea antes de que Hacienda lo detecte, solo se aplicarían recargos por declaración extemporánea sin sanción.
Si, por el contrario, la Administración inicia un procedimiento sancionador, las multas pueden oscilar entre el 50 % y el 150 % de la base de la sanción, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Aunque la presentación fuera de plazo de una declaración de IVA o IRPF sin actividad no genere un perjuicio económico para Hacienda, no implica que esté exenta de posibles sanciones. La Administración Tributaria evaluará cada caso concreto para determinar si corresponde una penalización. Para evitar riesgos, se recomienda cumplir siempre con los plazos establecidos o, en su defecto, presentar la declaración cuanto antes para minimizar consecuencias.