Las segundas residencias o las que se encuentren en zonas rurales en proceso de despoblación no tendrán carga adicional.
El Gobierno regional va a regular el concepto de ‘vivienda vacía’ que tendrá el objetivo de hacer frente a las ocupaciones ilegales de viviendas desocupadas pertenecientes a fondos buitre o grandes tenedores.
La iniciativa recogerá la consideración de ‘vivienda deshabitada’ aquella que haya permanecido desocupada de forma continuada durante un tiempo superior a dos años, salvo que concurra motivo que justifique su no utilización en los términos previstos en su normativa de desarrollo.
Se considerará que concurre causa justificada para que una vivienda permanezca deshabitada y no habrá tasa en las siguientes circunstancias:
- Cuando se trate de segundas residencias.
- Cuando se trate de un traslado de domicilio por razones laborales, de salud, de dependencia o emergencia social que justifiquen la necesidad de desocupar temporalmente la vivienda.
- Cuando la vivienda no cumpla los requisitos básicos de habitabilidad, seguridad y funcionalidad establecidos en la normativa vigente y las obras de rehabilitación necesarias superen el 50% del valor catastral de la vivienda.
- Cuando la vivienda se encuentre en una zona rural en proceso de pérdida de población.
- Cuando la vivienda sea objeto de un litigio judicial pendiente de resolución en lo que se refiere a su titularidad o posesión efectiva.
- Cuando la vivienda se encuentra en oferta de venta o alquiler a precios de mercado.
- Cuando el titular de la vivienda sea una entidad sin ánimo de lucro que la destina a un uso concreto, dirigido a determinados colectivos.
- Cuando se den situaciones equivalentes a cualquiera de las anteriores.