Las entidades deberán informar antes del próximo 6 de noviembre sobre el número de reclamaciones recibidas, aceptadas y rechazadas sobre la devolución de las cantidades indebidamente cobradas en concepto de cláusulas suelo.
Este primer envío deberá contener la información correspondiente a fecha de 30 de septiembre y se remitirá a la comisión encargada de evaluar el grado de cumplimiento del mecanismo extrajudicial para la devolución de las cantidades indebidamente cobradas en concepto de cláusulas suelo a través del Banco de España.
Concretamente, las entidades deberán informar sobre las solicitudes aceptadas y los importes de devolución acordados, así como sobre las solicitudes que no hayan admitido a trámite o hayan desestimado y aquellas en las que la entidad haya realizado una propuesta de compensación al cliente y este la haya rechazado.
Además, las entidades deberán informar antes del 31 de octubre sobre el sistema implantado para garantizar la comunicación previa a los consumidores cuyas hipotecas incluyeran una cláusula suelo sobre esta circunstancia, especialmente a personas vulnerables.