Te contamos qué impuestos no tienes que pagar a Hacienda, si eres jubilado.
Uno de los períodos más significativos en la vida de cualquier trabajador es la jubilación. Este cambio de vida no solo conlleva una transición de la actividad laboral a la recepción de la pensión de jubilación, sino que también supone una serie de modificaciones a nivel fiscal, es decir, hay impuestos que no tienen que pagar.
Para el año 2023, la pensión mínima se establece en 10.963,40 euros anuales para los pensionistas de 65 años o más, y aumenta a 13.526,80 euros para aquellos con un cónyuge a su cargo. Ambos montos están por debajo del umbral de 22.000 euros anuales, que es el límite para presentar una declaración de la Renta.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) considera las rentas obtenidas por las personas físicas, incluyendo a los jubilados y pensionistas. Sin embargo, existen ciertas situaciones, tal y como se detalla en el artículo 7 de la ley, en las que algunos pensionistas pueden tener rentas exentas de IRPF.
Entre los impuestos que los jubilados no están obligados a pagar, se incluyen:
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Venta de la vivienda habitual:
La venta de la vivienda habitual por parte de un contribuyente jubilado recibe un tratamiento fiscal especial. Si el vendedor tiene más de 65 años, está exento del pago de impuestos sobre las ganancias obtenidas.
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Renta vitalicia:
Las ganancias patrimoniales obtenidas por los jubilados mayores de 65 años que provienen de ventas y que se destinan a constituir una renta vitalicia también están exentas de impuestos.
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles:
Los jubilados pueden pagar una tasa reducida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, dependiendo de su ayuntamiento.
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Donaciones y alquiler:
Dependiendo de la comunidad autónoma, los jubilados pueden estar exentos de pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Consúltanos.
Estas medidas fiscales, destinadas a apoyar a millones de jubilados en España, fueron aprobadas y puestas en marcha por la Agencia Tributaria en abril.