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El TJUE y el IVA en consejos de administración

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia el 21 de diciembre de 2023, que clarifica cómo se aplica el IVA a las actividades de los miembros del consejo de administración de una sociedad anónima, en este caso, de una empresa luxemburguesa. A continuación, desglosamos los puntos más relevantes de esta sentencia.

Implicaciones del IVA en la actividad de los miembros del consejo de administración

Interpretación del Artículo 9.1 de la Directiva 2006/112/CE

El artículo 9.1 de la Directiva 2006/112/CE establece las normas para definir qué constituye una actividad económica sujeta al IVA. Según esta directiva:

  1. Actividad Económica: Un miembro del consejo de administración de una sociedad anónima luxemburguesa se considera que ejerce una actividad económica si realiza una prestación de servicios a esa sociedad a título oneroso, es decir, a cambio de una remuneración. Esta actividad debe tener un carácter permanente y previsible en cuanto a la modalidad de su remuneración.
  2. Carácter No Independiente: La misma disposición indica que la actividad de un miembro del consejo de administración no se considera independiente si, a pesar de organizar libremente su trabajo y percibir sus retribuciones directamente, no actúa por su cuenta ni bajo su propia responsabilidad. Además, si no soporta el riesgo económico de su actividad y no está sujeto a una relación de subordinación jerárquica, su actividad no se considera independiente.

Relevancia de la Sentencia del TJUE

Esta sentencia es crucial para las empresas y los profesionales que operan bajo el régimen del IVA en la Unión Europea. Define claramente las condiciones bajo las cuales los miembros del consejo de administración están sujetos al IVA. Las empresas deben asegurarse de que cumplen con estas disposiciones para evitar sanciones y garantizar el correcto cumplimiento fiscal.

Así, la reciente sentencia del TJUE aporta claridad sobre la aplicación del IVA a los miembros del consejo de administración de sociedades anónimas. Al determinar cuándo su actividad es considerada económica y cuándo no es independiente, proporciona una guía esencial para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Las empresas y los profesionales deben revisar sus prácticas para asegurar que se alinean con esta interpretación legal.

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