beca
¿El periodo de beca computa como antigüedad?

La beca se caracteriza por ser un periodo de formación y a la concesión  de una  ayuda   económica  para  las necesidades  materiales  de  dicha  formación.

El período de beca no computa como antigüedad, pues si las partes hubiesen querido   que   tal   período   de   beca   se   computase   así   lo   habrían   establecido expresamente.

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El hecho de que la beca de referencia no constituye relación laboral en la medida en que no hay contraprestación de trabajo y salario, sino que se limitan a la formación y a la concesión  de una  ayuda   económica  para  las necesidades  materiales  de  dicha  formación.

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No existiendo relación laboral, tal período formativo no puede ser considerado -salvo previsión legal o convencional en contrario- como computable a efectos de ningún tipo de antigüedad.