Una de las novedades que establece el reglamento general de protección de datos es la figura del Delegado de Protección de Datos.
El actual proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal determina una serie de entidades que estarían obligadas a tal nombramiento, como por ejemplo, las entidades financieras, las operadoras de telecomunicaciones, las aseguradoras, las distribuidoras de electricidad, gas o hidrocarburos, los centros sanitarios o empresas de seguridad privada.
No obstante, aunque la empresa no se encuentre en tales supuestos, sí que puede realizar de manera voluntaria su designación.
Actualmente, muchas empresas se encuentran en proyectos de adecuación para el cumplimiento del RGPD, y una de las cuestiones que se plantean es la necesidad de incorporar esta posición de DPD en sus organizaciones, así como que perfil es el requerido para cubrir esta posición, por si lo pueden encontrar internamente o tendrán que buscar candidatos fuera de la organización.