La principal novedad en la declaración de la renta 2016 es que ya se utilizará el sistema “Renta web”.
Este próximo 5 de abril de 2017 da el pistoletazo de salida la campaña de la renta de 2016 para la presentación telemática y su principal novedad es que los contribuyentes comenzarán a utilizar el sistema “Renta web” desapareciendo así, el programa Padre y el borrador del IRPF.
A este sistema se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y supondrá una propuesta de declaración –igual que el borrador- pero mucho más sencillo y ampliado a todos los contribuyentes.
Identificación y acceso al sistema “Renta web”
Para poder acceder habrá que identificarse de la manera habitual –DNI electrónico, clave y número de referencia-. Superado ese paso, se informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en ese momento y, tendrán que validarse los datos identificativos.
Al sistema «Renta web» se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador, pero más sencillo y ampliado a todos los contribuyentes. Su principal ventaja es que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática de la información del borrador -que hasta ahora sólo recogía unas determinadas rentas- o del programa Padre.
En el entorno -muy similar al del programa Padre-, el contribuyente verá una serie de datos que se asemejan a los datos generales con los que la Agencia Tributaria hace la propuesta y que incluyen la información de los tramos o impuestos autonómicos de los que se tiene conocimiento. Una vez se haya finalizado con este proceso, el interesado sólo necesitará ir al banco con el documento de ingreso y devolución y un número de referencia sin necesidad de portar todo el pliego de datos como hasta ahora.
Este próximo 5 de abril comienza el plazo para presentar la declaración de 2016 de forma telemática. Si prefiere hacerlo de manera presencial, tendrá que esperar al 11 de mayo. En ambos casos, el plazo concluye el 30 de junio. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, lo podrá hacer hasta el 26 de junio.