Aún teniendo razón en la exposición, la falta de educación puede salir caro en redes sociales.
Insultar a un cliente a través de la red social es un comportamiento ilegítimo que rebasa los límites del derecho de la libertad de expresión.
Así lo determina el TJ de Asturias, en la que considera que la respuesta de la empresa resulta proporcionada, pues el trabajador en estos casos atenta contra el honor de los clientes, al tiempo que compromete la imagen de la empresa ante el público en general y ante los aludidos en particular, con la consiguiente repercusión que ello tiene en la propia actividad empresarial.
El ponente estima que la sentencia de instancia no se atuvo a la jurisprudencia del TC y del TS en materia de libertad de expresión conectada a una relación de trabajo.