Los jueces anulan ‘cláusulas suelo’ aplicadas a empresas
Es nula una cláusula suelo si la entidad financiera no puede probar que la hipoteca ha sido negociada y que las condiciones no estaban predispuestas por la entidad, aunque se trate de un adherente no consumidor, es decir, que se trate de una empresa, según establece una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Jaén, de 4 de noviembre de 2016.
La titular del Juzgado de Primera Instancia de Vitoria, en sentencia de 27 de octubre de 2016, define que una efectiva negociación pasa por una oferta de la entidad, contraoferta del cliente, intercambio de peticiones contestaciones y acuerdo final. «Estar informado de lo que se contrata, no implica haber negociado individualmente una cláusula», estima.