¿Es legal instalar cámaras de videovigilancia en comunidades de propietarios?

Aspectos legales sobre la videovigilancia en zonas comunes.

En las comunidades de propietarios, la seguridad es una prioridad para todos los vecinos. Por este motivo, cada vez son más las comunidades que consideran la instalación de sistemas de videovigilancia en zonas comunes del edificio. Sin embargo, ¿es realmente legal grabar en estos espacios? El Tribunal Supremo (TS) ha aclarado ciertos aspectos para garantizar que esta práctica respete el derecho a la intimidad de los propietarios.

cámaras en comunidades de propietarios

Aspectos legales sobre la videovigilancia en zonas comunes

Según el TS, las comunidades de propietarios pueden instalar cámaras de videovigilancia en las zonas comunes para proteger tanto la seguridad de los vecinos como de sus bienes. Sin embargo, advierte que esta medida podría suponer una afectación considerable al derecho a la intimidad, ya que la instalación de estas cámaras, aunque estén limitadas a espacios comunes, impacta en la privacidad de los residentes.

Por ello, es fundamental que la instalación de cámaras de seguridad en las comunidades de propietarios esté debidamente justificada. Para que sea legítima, es necesario contar con un “título legitimador” que avale la instalación. Además, el Tribunal recalca que cualquier posible afectación al derecho a la intimidad de los vecinos debe ser proporcionada. Esto significa que el uso de cámaras debe responder a una necesidad específica de seguridad y no debe realizarse de manera excesiva.

La videovigilancia en las comunidades de propietarios, si bien puede aportar una sensación de seguridad adicional, debe gestionarse con responsabilidad y dentro del marco legal. A la hora de tomar una decisión, las comunidades deben valorar la proporcionalidad de la medida, buscando siempre el equilibrio entre la protección de los bienes y la privacidad de los vecinos. ¿Necesitas ayuda? Llámanos.