Los derechos correspondientes al ámbito laboral y empleo público son una de las grandes novedades.
Así, se regula el derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, que reconoce la protección a la intimidad respecto de estos dispositivos puestos a disposición por el empresario o administración pública, el derecho a la desconexión digital para garantizar a los trabajadores y empleados públicos el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, y asimismo regula la video vigilancia, la grabación de sonidos y el uso de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral y de las administraciones públicas.
La nueva ley presenta defectos, insuficiencias, y algunos contenidos son una reiteración de otros mandatos ya en vigor en diferentes normas del ordenamiento jurídico.
También a veces reconoce derechos «inespecíficos» o normas promocionales o programáticas, que no cuentan con garantías precisas. Pero, en todo caso, se trata de un buen punto de partida.