Los autónomos tienen derecho a una prestación por desempleo, aunque bajo sus propias condiciones y requisitos.
En tiempos inciertos, la preocupación sobre qué pasa si llegas a encontrarte desempleado se hace cada vez más patente. No sólo los empleados por cuenta ajena tienen dudas; los autónomos también se cuestionan sobre sus opciones en caso de desempleo. Si bien es cierto que las reglas son diferentes para los trabajadores por cuenta propia, no están totalmente desprotegidos. Aquí te explicamos todo lo que debes saber.
Cotización para el cese de actividad
Si eres autónomo, debes saber que contribuirás con un 0,9% de tu base de cotización hacia una prestación específica para el cese de actividad. Por ponerlo en perspectiva, si tu base de cotización es de 950,98 euros, estarás aportando 8,55 euros para este fin. Este pequeño porcentaje te brindará acceso a una prestación por desempleo para autónomos que podría llegar a durar hasta dos años.
¿Cómo funciona la prestación?
Para que puedas acceder a la prestación por cese de actividad durante cuatro meses, deberás haber contribuido al menos durante un año a esta causa. Y si has cotizado durante más de 48 meses, tendrás derecho a la prestación por hasta dos años.
¿Cuánto puedo recibir?
La cantidad que recibirás es el 70% de tu base reguladora, calculada en base al promedio de cotizaciones de los últimos 12 meses. El importe máximo se sitúa en el 175% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), aunque puede llegar al 200% o 225% si tienes hijos a tu cargo. En cuanto al importe mínimo, este es del 107% o 80% del IPREM, dependiendo también de si tienes hijos o no. Si tu cotización es menor a la base mínima, no tendrás acceso a este monto mínimo.
Así que sí, hay paro para autónomos, aunque bajo sus propias condiciones y requisitos. Para más detalles o para una consulta personalizada, no dudes en contactarnos.