Derecho a disfrutar de un permiso laboral al registrarse como pareja de hecho.
Reconoce a una trabajadora la licencia establecida en el convenio colectivo por matrimonio al entender, en armonía con la normativa constitucional, que la pareja de hecho, legalmente constituida, debe mantener los mismos beneficios, administrativos y jurídicos, equiparando ambas instituciones, incluso aunque el convenio colectivo aplicable no lo recoja expresamente.
Siendo la pareja de hecho legalmente constituida un nuevo modelo de familia aceptado a nivel social, la misma debe tener el efectivo amparo y protección legal.
STA TSJ Murcia 07-04-2022.