Fallecimiento del arrendador sin herederos conocidos. Facturación
Pregunta: Facturación del alquiler de un local cuando, habiendo fallecido el arrendador sin herederos conocidos, existe un administrador judicial de la herencia.
Respuesta: Tienen la consideración de sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, cuando realicen operaciones sujetas al Impuesto.
La factura y los duplicados deberán ser expedidos por quien realice las operaciones sujetas al impuesto a favor del destinatario de éstas, es decir, por el representante de la herencia yacente.
Normativa/Doctrina: Art. 84 .tres Ley 37/1992. Consulta Vinculante D.G.T. V 3068 – 21, de 07-12